NOTICIAS. A través de la Resolución 429/2026, el Ministerio de Seguridad Nacional amplió el listado de conductas que activan el derecho de admisión y el Programa Tribuna Segura. La gran novedad: los deudores alimentarios no podrán entrar a ver a sus equipos.
En un giro que busca endurecer los controles de seguridad y, al mismo tiempo, utilizar el espectáculo deportivo como herramienta de cumplimiento civil, la ministra de Seguridad Nacional, Alejandra Susana Monteoliva, firmó la Resolución 429/2026. Esta normativa modifica los lineamientos del Programa Tribuna Segura, el sistema de fiscalización que rige en todo el territorio nacional para el acceso a encuentros futbolísticos.
La medida no solo apunta a erradicar la violencia en las tribunas, sino que ahora extiende su alcance a conductas en la vía pública y a situaciones de morosidad judicial en el ámbito familiar.
¿Por qué razones se puede impedir el ingreso?
A partir de esta actualización, las autoridades podrán restringir la concurrencia a toda persona que se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
- Delitos en el fútbol: Personas imputadas, procesadas o condenadas por delitos cometidos específicamente en el marco de espectáculos deportivos (Ley N° 23.184).
- Antecedentes dolosos: Quienes tengan condenas o procesos por delitos dolosos con pena de prisión, siempre que la autoridad considere que su presencia representa un riesgo concreto para el evento.
- Contravenciones deportivas: Imputados por faltas cometidas antes, durante o después del partido, incluso en entrenamientos o traslados de las hinchadas.
- Conductas violentas: Personas que hayan agredido a terceros o dañado bienes, dificultando el normal desarrollo del espectáculo.
- Violencia en manifestaciones: Un punto clave de la reforma es la restricción para quienes ejerzan violencia o afecten el orden público y el tránsito en manifestaciones o concentraciones en la vía pública, sin importar la naturaleza de la protesta.
- Irregularidades en el traslado: Se sancionará a quienes utilicen transporte de pasajeros no registrado (micros escolares sin habilitación, por ejemplo) o alteren el orden durante el trayecto al estadio.
- Drogas: Implicados en delitos relacionados con estupefacientes (Ley Nº 23.737) cometidos con motivo del fútbol.
- Deudores Alimentarios: Es la incorporación más destacada. Se prohibirá el acceso a quienes figuren en Registros Públicos de Alimentantes Morosos. Esta restricción se mantendrá vigente mientras el infractor no regularice su situación judicial.
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La resolución se apoya en leyes previas de jurisdicciones como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ley N° 269) y la Provincia de Salta (Ley N° 7411), que ya establecían que los deudores alimentarios no podían ingresar a espectáculos deportivos o culturales donde se abone entrada.
El Ministerio de Seguridad busca ahora nacionalizar y sistematizar este control a través de la base de datos de Tribuna Segura, permitiendo que el personal policial detecte automáticamente a los deudores al escanear el DNI en los ingresos.
«Resulta oportuno adecuar la normativa para fortalecer la eficacia del Programa Tribuna Segura también como herramienta de cumplimiento de la obligación alimentaria», reza el texto oficial publicado hoy en el Boletín Oficial.
La norma entra en vigencia de manera inmediata, por lo que los nuevos criterios de exclusión podrían aplicarse en los partidos programados para este mismo fin de semana.
